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lunes, 8 de febrero de 2010

El artículo 31.1 de la C. E., dispone que: " todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo e inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio. "
En esos términos, claros, rotundos e inequívocos, se pronuncia la Carta Magna. Sin embargo, en el día de hoy ( ni en el de ayer tampoco ) las cosas no son así.
Aquí y ahora, se les llena la boca a los menesterosos administradores públicos de la Nación de perseverante apelación a la legalidad ( para metértela entera ), como sí la ley ordinaria, tuviese por fuerza que ser justa ( ya se sabe: " do ut des " ) y fuese un principio inmutable. Pero, ni aún así tiene ese valor incondicionado que le atribuyen: primero, porque, sobre la ley ordinaria prevalece la Ley Orgánica ( L. O. ) y, sobre todo, la norma fundamental del Estado, que es La Constitución; segundo, porque, al estar España integrada en la Unión Europea ( U. E. ), el Gobierno tiene la obligación sine qua non de derogar las normas internas contrarias a las comunitarias ( no bastando con su inaplicación ). El Artículo I-53, 2., dispone asimismo, que el presupuesto ( comunitario y nacional ) deberá estar equilibrado en ingresos y gastos, y el artículo VI habla del " principio de buena gestión financiera... " es decir que no se puede gastar más de lo que se ingresa. ( Cuestión que hago extensiva desde un principio empezando por el núcleo de toda sociedad, el individuo, la familia, la comunidad de propietarios, el distrito, el municipio, las comunidades autonónomas y todos los entes públicos y privados, hospitales, etc. )
Con este marco legal estricto e irrefutable, que al parecer es de aplicación a los de siempre, el Ejecutivo como máximo órgano de gestión piensa que, lo mismo que con la inmigración, Ellos pueden ir por libre, despilfarrando el erario público ( que vuelvo a recordar no es suyo, es de todos los ciudadanos que pagan religiosamente sus impuestos en este País ) y pasándose por el " forro " las normas supremas, a las que únicamente El rey no está sujeto.
El déficit público alcanza el 12% del Producto Interior Bruto ( P. I. B. ); existen tres ministerios, al menos, perfectamente prescindibles ( Igualdad, Vivienda y la Vicepresidencia de Administración Territorial), sin hablar de la duplicidad en el funcionariado con respecto a los binomios Estado y entes autonómicos.
Antes de tocar los bolsillos de los funcionarios, sanitarios, empleados varios, pensionistas, de todo aquél que tiene nómina, son los " gordos " y " gordas " los que tienen que dar ejemplo de austeridad y contención de los gastos tanto públicos, como " privados ", no como por ejemplo abonar veinte millones de euros para decorar la cúpula de la sede de la " Alianza de Civilizaciones " ( ¿¡ !? ), o dar a una asociación de homosexuales de Zimbabwe 28.000 euros ( se los podían haber dado a los de aquí ), o pagar sueldos a 642 asesores y mantener una protección presidencial de cerca seiscientos agentes tanto del C. N.  Policía, como de la Guardia Civil, entre otras muchas más.
No tienen fuerza moral para a través de la retención personal ( subida al 18% ), mermar aún más las pagas, para que con esas " CONFISCACIONES " abonar los platos rotos, por ellos... de manera encubierta, ilegal, inconstitucional, con alevosía, nocturnidad y descampado...
     

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