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miércoles, 12 de diciembre de 2012


La Inquisición en Facebook

Quién nos iba a decir que, en pleno siglo XXI, la Inquisición seguiría más viva y activa que nunca.
La red social por excelencia, Facebook, se ha convertido en el medio más utilizado para intercambiar información, contrastarla y, llegado el caso, denunciar los abusos y corruptelas existentes en casi todos los ámbitos de nuestra sociedad.
Visto así, parecería que dicha red social ha venido a aportar luz, a servir de instrumento de la verdad y del derecho a la libertad de expresión al que tenemos todos los ciudadanos. Pero no. Lamentablemente, esta visión es utópica, no se corresponde con la realidad.
Desde hace un tiempo, cada vez que la cuenta de un usuario se quedaba “bloqueada”, es decir, sin posibilidad de escribir o de responder a otros mensajes, aparecía uno o varios mensajes de Facebook en el que se indicaba algunos de los avisos siguientes:

No se ha podido enviar el comentario
Disculpa, tu comentario no puede ser añadido en este momento. Por favor, inténtalo más tarde.
Inténtalo de nuevo más tarde.
Se ha producido un error. Por favor, inténtalo en unos minutos.
paid
Lo Sentimos, Imposible actualizar tu estado. vuelvelo a intentar en unos minutos

Pues bien, el usuario en cuestión, al leer dichos avisos, piensa que se trata de un error informático de Facebook y que, por lo tanto, será resuelto a la mayor brevedad, ¡craso error!
En realidad, lo que ha ocurrido, es que al publicar un mensaje, alguien a quien no le gusta lo que escribes, te denuncia, marcando para ello una casilla a tal efecto, donde el denunciante solamente tiene que pinchar sobre la palabra “Denunciar/Spam”, a pesar de que no se trate de ningún texto ofensivo, ni de ninguna clase de spam. Y es entonces cuando, el usuario tan burdamente denunciado, es bloqueado automáticamente por el sistema de Facebook, impidiéndole poder publicar texto alguno en su muro privado (ya no digamos público), así como tampoco poner un simple “me gusta”, es decir, puedes ver, pero no tocar. Y cuando intentas enviar algún mensaje, te aparecen algunos de los avisos de Facebook ya descritos.
Sí, es así de sencillo. ¿Y cómo se puede permitir tamaña manipulación y recorte de los derechos de la libertad de expresión del ciudadano, se preguntarán, con la única excusa de que “alguien” (posiblemente un mal nacido, envidioso o vaya Ud. a saber qué clase de individuo) ha marcado la casilla de “denuncia/spam” sin que Facebook se haya molestado en verificarlo?
Pues he ahí la cuestión… ¿Realmente Facebook no es consciente de lo que está haciendo, al permitir que cualquier enajenado mental pueda por propia voluntad bloquear la cuenta de otro usuario de Facebook, impidiéndole con ello ejercer su derecho a la libertad de expresión amparada por la Constitución ?
No quiero pensar que Facebook lo ha hecho de forma deliberada, y prefiero creer que se trata de un grave error de programación informática, aunque teniendo en cuenta el gran potencial informático que posee Facebook, resulta incomprensible que se les haya “escapado” este pequeño control informático.
Y es que la sospecha adquiere otro estatus, sobre todo cuando el “bloqueo”, se produce cada vez que se publica un mensaje “molesto” para las autoridades o para los poderes fácticos. Y claro, uno, que ya ha visto casi de todo, comenta y denuncia todo lo anteriormente expuesto, y como respuesta recibe halagos que te califican de paranoico. Y entonces me pregunto yo… ¿Pues… por qué antes de bloquear automáticamente una cuenta, no comprueban que la denuncia (la casilla marcada) sea cierta y efectivamente se trate de un contenido no apto o spam? Ah!!! Amigo, si se hiciera así, ya no se podría evitar la publicación de información molesta, y como además, se supone que tu cuenta ha sido bloqueada por la denuncia de un tercero, cuya identidad se desconoce, y con un argumento inexistente, pues Factbook, pretende lavarse las manos como Pilatos, cuando si hubiese puesto un mínimo control de verificación y sancionase a quien denuncia sin motivos, la cosa sería muy diferente.
En conclusión, la Inquisición , actúa sobre aquellas cuentas molestas a las que legalmente no se le puede tapar la boca, pero si llenarles el camino de piedras y trabas y, así, Facebook, viene a decir de forma alegórica: “Te bloqueo la cuenta, porque un pajarito ha dicho que no le gusta lo que has escrito”.
Otra duda que me corroe, es no poder saber quién es ese pajarito. Una información que si Facebook quiere, la sabe perfectamente (seguro que la sabe), de igual forma que sabe y te dice cuando has puesto un “me gusta” a algún mensaje de otro usuario. Pero tampoco se digna a informar al usuario bloqueado, quien ha sido el que lo ha denunciado, ni que ha argumentado en su denuncia (sencillamente porque no existe dicha posibilidad), ni se ha molestado en verificar si es cierto. En definitiva, que tan culpable es quien asesina, como quien manda asesinar.


domingo, 4 de noviembre de 2012

NO ME GUSTA QUE ME TOMEN POR IDIOTA

Desde bien pequeño me di cuenta que la hipocresía es uno de los males del hombre, al igual que el robo, la codicia o simplemente laperfida verdad que escondemos para hacernos los intelectuales. Todos y cada uno de nosotros somos estúpidos arrogantes que nos creemos con la verdad... perdonen, la verdad al completo no existe sino un conjunto de verdades.

Como estoy harto de que me roben o me tomen por idiota, también de la hipocresía y de la estupidez humana... he decidido que únicamente quien yo quiera verá mis entradas. Sí, es una decisión y una conclusión muy sabia y afortunada creo. 

Mis textos no se roban, son míos y están bajo derechos de autor. Me gusta escribir, pero también que reconozcan mi trabajo. Aún no entiendo todos aquellos que con escritos de otros se ponen medallas: me parece patético. No ganan nada creyéndose héroes ante la sociedad, porque pueden engañar pero no por siempre... la verdad siempre se descubre.

La hipocresía... bueno me han estado añadiendo a favoritos y amigos muchas personas, para luego sacarme de favoritos sin aviso... sin nada. No me importa y como decimos en mi tierra: Me la pela. Pero a partir de ahora sólo aceptaré a ciertas personas en mi Livejournal y esas personas tendrán acceso a mis textos, ediciones, comentarios e incluso a lo estúpido que puedo llegar a ser. Seguro que más de uno se ha reído con todas mi sarta de tonterías y desgracias contadas con humor... humor negro que no falte.

Voy a pecar de egocéntrico y también de capullo, es una pose intelectual que atrae mucho (para no decir que alguno la usará en la barra de algún bar a las cuatro de la mañana (cosa que no garantiza que se ligue con ella, sólo que se usa) ), y veto la entrada a este antro (aunque dudo que se convierta en antro de moda) a todo aquel que no reuna las condiciones que me parezcan adecuadas.

Ahora seguro que muchos diréis palabras de "qué gilipollas, ni que fuera interesante" o "menudo imbécil resentido"... no, no nos confundamos. Mi privacidad es lo primero, lo que más me gusta preservar a diario, y hacer la colada mental para que todos vean mis feos pensamientos tendidos en una azotea comunitaria... no, no es de mi agrado. 

Aquí únicamente entraran aquellos que realmente me hagan sentir cómodos en su compañía, que conozca o que me hayan parecido interesante en su invitación de amigos. No soy una estrella de cine, ni un famoso escritor ni un prodigio a la guitarra... soy un chico corriente con pretensiones de seguir siéndolo. No os engañe mi vocabulario perfecto y bien redactado... sigo siendo un maldito impulsivo, sigo siendo el mismo, pero algo más sabio.

Para curarme en salud... esto se queda clausurado para ojos que deben seguir cegados ante la presencia de las sombras... vamos resumiendosi no estás en mis amigos ya te puedes ir al demonio, que no vas a ver nada más que estas palabras donde te niego el paso. 

martes, 23 de octubre de 2012


España, la Yugoslavia del siglo XXI

La historia reciente de España y de la extinta Yugoslavia tienen mucho en común, más de lo que pueda parecer en un principio. Yugoslavia actualmente es conocida en el mundo entero como ejemplo de desintegración de un país, y debería servir de lección al resto del mundo; sin embargo en España seguimos con los ojos tapados, temerosos de unos separatistas que representan a tan solo el 7% de la población.

Yugoslavia fue un reino durante los primeros años del siglo XX, hasta que en los años cuarenta pasó a ser una dictadura. Durante sus años de dictadura la unidad del país no se cuestionaba, pero tras la llegada de la democracia, los ciudadanos, convencidos por caudillos regionales, comenzaron a relacionar democracia con independencia, a pesar de que el país ya era una democracia unida antes de la dictadura. Os suena, ¿no? Pero ahí no acabó la cosa. En 1992 se independizaron, con Guerra de los Balcanes incluída, varios países de Yugoslavia: Eslovenia, Bosnia & Hezergovina, Macedonia y Croacia. A pesar de todo seguía existiendo Yugoslavia, aunque, evidentemente, quedó reducida.

Pero lo poco que quedaba de Yugoslavia no había terminado de fragmentarse. En 2006 se dividió en Serbia y en Montenegro. Pero además en 2008 Kosovo se separó de Serbia, que era lo más parecido a Yugoslavia que quedaba (#desarrollo). También hay que decir que Kosovo se independizó porque lo quiso la mayoría albano-kosovar del país, que son inmigrantes musulmanes de un país fronterizo, Albania. Nosotros también tenemos muchísimos inmigrantes de otro país musulmán fronterizo... En total Yugoslavia se ha dividido en siete países: Eslovenia, Bosnia y Hezergovina, Macedonia, Croacia, Montenegro, Serbia y Kosovo.

Mientras, en España el separatismo crece: en la Comunidad Vasca los dos partidos más votados (suman el 60%) son independentistas, al igual que en Cataluña, donde gobierna CiU, y el segundo partido más votado, el PSOE, recurre cada vez más al separatismo en busca de unos votos que pierde precisamente por esa tendencia. Y en Galicia, a pesar de que no se ha nombrado apenas, el independentismo ha aumentado del 16% en 2009 (BNG) al 23% (BNG y AGE).

Es evidente que España sigue la misma tendencia que Yugoslavia, solo hace falta leer un poquito de historia: democracia, dictadura, democracia y fragmentación. Poca gente sabe situar en un mapa a Eslonevia, o nombrar la capital de Macedonia. Resta decir que Croacia ha esperado veinte años para entrar en la Unión Europea (pero no en el €uro), y tiene mejores datos económicos que Cataluña. ¿Así se va a quedar España? ¿Hablarán en el futuro de siete países, Cataluña, Euskadi & Navarra, Galicia, Castilla, Extremadura, Islas Canarias y la Antigua República Española de Extremadura, que una vez estuvieron unidos y que a nadie le importan? Todo lo que nos pasa y nos pasará nos lo tenemos bien merecidos, unos por gilipollas y otros por ser una mayoría silenciosa, muda, vaga e inútil.

miércoles, 17 de octubre de 2012


Apuntes sobre como conseguir una democracia real ya

BREVE INTRODUCCION


La esencia teórica de una democracia reside en la participación ciudadana en el funcionamiento del Estado. Pero para que exista una democracia real dicha participación ciudadana también debe ser real. Y esto podemos decir que actualmente no existe.

Hasta ahora la participación ciudadana se ha limitado a acudir a las urnas y votar a unos representantes (los políticos) para que hagan de todo en nombre de los ciudadanos sin que estos tengan que preocuparse de nada hasta 4 años después. Y así ha sido durante los últimos 30 años en España. Progresivamente el ciudadano ha ido perdiendo interés. O se lo han ido haciendo perder. Y cuando uno pierde interés en mantener sus libertades acaba perdiéndolas. El Estado ha ido acumulando demasiado poder, y parte del mismo debe ser devuelto al ciudadano. Ardua tarea. Hay que tener en cuenta que el Estado es un monstruo inteligente que se alimenta de la inactividad y pasividad ciudadana. Pasividad ciudadana que el propio Estado fomenta, cultiva, poniendo trabas, para que el ciudadano lo deje más o menos en paz. Habría que pensar quien o quienes están detrás de los Estados, quienes los controlan, pues existe una tendencia desarrollada en el siglo XX a que dichos sujetos no coincidan con quienes los gobiernan (de ahí el sentimiento ciudadano cada vez más generalizado de “no nos representan”). Piénsese que ante un ataque agresivo a un Estado éste se defenderá igual de agresivamente o más, con la ley en la mano, sin ella, o creando una nueva al efecto, eso da igual. El Estado se identifica en este sentido como “EL PODER YA ESTABLECIDO”.

Y cuando uno quiere cambiarlo se encuentra con toda una maquinaria compleja de defensa que reacciona automáticamente incluso permitiendo que se cambien algunas cosas para que todo siga igual en esencia. Esto es, aparentando un cambio ante la ciudadanía. Esta reacción y manipulación es la defensa propia de los Estados llamados democráticos ante lo que podría ser un ataque pacífico o reivindicación ciudadana multitudinaria como la que en estos días parece germinar con la fuerza que solo los jóvenes son capaces de mantener hasta conseguir algo importante.

HACIA UNA NUEVA TEORIA DE REGENERACION DEMOCRATICA



Pero aquí, ahora, de lo que se trata es de cambiar la esencia para que después vayan cambiando todas las demás cosas. La participación ciudadana, el poder ciudadano, se convierte así en la única y simple vacuna que debe reinocularse en el sistema para que exista la democracia real en un Estado.

         La Constitución Española de 1978 y el pluripartidismo supusieron un cambio real en la adopción de un sistema democrático en el Estado, y así, se adoptó la clásica división de poderes de Montesquieu como forma de funcionamiento de un estado democrático. El ciudadano llevaba tanto tiempo sin voz que lógicamente solo se preocupó de asaltar el poder a través de los partidos políticos. Y si somos honestos, reconoceremos que el ciudadano ni siquiera asaltó poder alguno. La llamada “transición” sirvió para que el Estado diera a luz una pluralidad de ideologías que el ciudadano fue adoptando en función de motivaciones personales, culturales, etc, distintas. Y así, el pluripartidismo y los representantes políticos de los ciudadanos “asaltaron” el poder. Y, de esta manera, el Estado hizo creer al ciudadano que este había asaltado el poder, lo cual en principio está muy bien porque algo es algo. El Estado no obstante, había conseguido su principal objetivo: aplicando la máxima “divide y vencerás” consiguió lo que otros Estados habían conseguido ya en el mundo para que todo siguiera igual en esencia; que las ideologías se convirtieran en el nuevo opio del pueblo, sustituyendo así éstas a la religión en el aforismo marxista. Primero el Estado utilizó a los Dioses, luego a la religión, hoy a las ideologías. Y el ciudadano, inmerso en diatribas ideológicas y partidistas, volvió a olvidar lo principal: él mismo. El Estado siempre pierde un poco para ganar el doble.


Centrándonos en lo esencial a lo que ahora nos ocupa parece claro que la división de los tres poderes en que se basa actualmente un Estado democrático ya no sirve al ciudadano en la forma en que está estructurada. No sirve porque el Estado, ese monstruo, acaba haciéndose cócteles con ella, mezcla los poderes a su antojo, se los bebe y los orina donde quiere impunemente.


Hace falta pues un CUARTO PODER INDEPENDIENTE que, digamos, le esconda la coctelera al Estado, EL PODER CIUDADANOrealmente ciudadano, de control de los demás poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, que pueda atajar y sobre todo prevenir, impidiendo cualquier desviación de independencia de los hasta ahora 3 existentes.


Para ello el ciudadano debe tener una participación activa real, y dicha participación implica no solo la CREACION DE UN NUEVO PODER DEL ESTADO, como hemos dicho, sino también una NUEVA INSTITUCION DENTRO DEL ESTADO acorde con ese nuevo Poder. Una Institución que debe tener IGUAL JERARQUÍA que las demás actualmente existentes. Se trata de una institución de vigilancia y control del funcionamiento democrático de un Estado, pudiendo adoptar la denominación de CONSEJO SUPERIOR DEL PODER CIUDADANO.

La jerarquía normativa la sigue teniendo la Constitución. Evidentemente así, bajo el manto constitucional, quedan representados los 4 poderes: el ciudadano (a través del Consejo Superior del Poder Ciudadano), el legislativo (a través del Congreso de los Diputados o Parlamento), el judicial (a través del Consejo General del Poder Judicial) y el ejecutivo (a través del Gobierno de España). El poder ejecutivo ejecuta las leyes que elabora el poder legislativo, el poder judicial juzga su incumplimiento. Y el poder ciudadano vela por que los otros tres poderes cumplan fiel e independientemente su cometido bajo el imperio de las Leyes.

Hay que pensar que ni el Estado ni ninguno de los 3 poderes existentes va a aceptar voluntariamente esta “intromisión ciudadana” como 4º poder (aunque sería lo deseable por parte de los representantes políticos). Ya dijimos que el Estado se defenderá. ¿Cómo entonces conseguir la creación de dicha nueva Institución y su inclusión en la Constitución?

Obviamente mediante REFERÉNDUM donde, con modificación profunda de la Constitución Española, se redefinan los poderes existentes acomodándolos a las funciones y competencias que deberá tener dicho Consejo Superior del Poder Ciudadano para ser eficaz realmente, una de las cuales debe ser la potestad exclusiva de convocatoria de referéndums (de dicha manera no se dejan los mismos a la voluntad de ninguno de los otros poderes, o sea, del Estado, o de los políticos, sino que su convocatoria dependerá de la voluntad ciudadana expresada asambleariamente en los Consejos Provinciales del Poder Ciudadano).

La primera misión ciudadana es, pues, conseguir el sometimiento a referéndum de la creación de dicha figura institucional dentro de la Constitución, definiendo bien el mismo, y su jerarquía, funciones y competencias, MODIFICANDO LA CONSTITUCION EN TODO LO QUE A ELLO SEA NECESARIO. Sin la existencia real de dicha nueva Institución todas las demás iniciativas están irremisiblemente condenadas al fracaso a medio o largo plazo. El Estado se defiende y cambiará cualquier cosa accesoria a corto plazo para mantener su esencia principal a medio o largo plazo que es el dominio y control de sus ciudadanos.

La creación del Consejo implica que será el ciudadano quien domine y controle al Estado realmente y no a la inversa. Se trata de hacer una revolución desde dentro del Estado creando un CUARTO PODER a través de un órgano real y efectivo de control ciudadano de las instituciones del Estado que conforman los 3 poderes existentes hasta ahora.

El Consejo Superior puede subestructurarse en Delegaciones Provinciales (no regionales), éstas a su vez en Delegaciones de Área Ciudadana, y éstas últimas en Asambleas de Barrios.

El Consejo Superior debería estar formado por ciudadanos elegidos del censo al azar sin pertenencia a partidos políticos y de todas las franjas de edad. El ciudadano elegido podrá renunciar a formar parte del Consejo, y el que acepte se comprometerá a las obligaciones que sean fijadas previamente a tal efecto. La condición de miembro se remunerará en función de la dedicación exclusiva o no al Consejo, el cual funcionaría de manera asamblearia y se renovaría anualmente en un 50%, renovándose el otro 50% al siguiente año y así sucesivamente de forma que nadie permanezca como miembro más de dos años seguidos. Igualmente creo que en la Asamblea del Consejo debería haber cierta representación de cada uno de los otros 3 poderes, pero con voz, sin derecho a voto, a fin de poder ser tenidos en cuenta en su caso.


Las dos primeras misiones ineludibles del Consejodeben ser:


1.- Convocatoria de Referéndum para reforma de la Leyelectoral. Eso lo primero, a fin de posibilitar el acceso real al poder legislativo de múltiples partidos políticos en función de los votos reales obtenidos, que enriquezcan los debates y preocupaciones de la ciudadanía en el Parlamento.

2.- Referéndum para inclusión en la Ley del Tribunal del Jurado de todos los delitos cometidos por funcionarios públicos (tanto de los 3 poderes existentes, como del 4º recién creado) en el ejercicio de sus funcionesCon ello se evita tanto la contaminación entre el poder judicial y el legislativo y ejecutivo, como que el poder judicial tenga que ser el que se juzgue a si mismo, lo que sin duda supone en definitiva un sometimiento de dichos delitos a un juicio ciudadano.

Esto es, es el ciudadano el que pasa a juzgar la función pública de la misma manera que él, en sus quehaceres privados, es juzgado por las instituciones públicas. Igualdad en dicho sentido, pues. Ello garantizaría un mejor funcionamiento de todas las instituciones, que serían más objetivas e independientes. Y, sobre todo, eficaces. No hablemos ya del respeto y buen trato que recibiría el ciudadano por parte de todas las instituciones públicas. Solo por eso ya valdría la pena el referéndum.
Conseguidos estos dos “sencillos” referéndums a favor, lo demás viene casi rodado. Se trata de, con el “arma ciudadana” en la mano, reformar las correspondientes Leyes para adaptarlas a esta “nueva” democracia real, eliminándose privilegios, etc..




ALGUNAS CONSECUENCIAS DE LA REGENERACION DEMOCRATICA


Por ejemplo, el Poder Legislativo debe estar obligado a decidir (también) sobre todas las propuestas de ley que realizara el Poder Ciudadano a través de su Consejo (podría ser suprimido el Senado igualmente, cuyas funciones pasarían a ser competencia del Consejo Superior del Poder Ciudadano).

El Consejo sería también el competente para decidir sobre la admisión a trámite de las denuncias ciudadanas por delitos cometidos funcionarios públicos (que sin duda serán muchas desde su creación), mediante procedimiento especial y tramitación preferente en el que deberían ser oídos de forma separada y secreta un juez, un fiscal y un abogado (debiera establecerse un turno de donde escoger al azar los voluntarios al efecto que consten en las listas facilitadas al Consejo por dichos colectivos; los ya oídos en un expediente no podrán volver a valorar otro expediente hasta finalizar las listas), no siendo sus valoraciones vinculantes en ningún caso para el Consejo.
Evidentemente la finalidad que se consigue es, sobre todo, el buen funcionamiento de todas las instituciones y su independencia, al impedírseles la tentación de “ayudarse” unas a otras. Dicho de otra manera, “si ya no me van a quitar las multas aquellos de allí.., será mejor no cometer la infracción y dedicarme a hacer bien mi trabajo”.

Respecto del poder judicial se consigue un juez verdaderamente independiente; no intocable, como hasta ahora se considera la independencia. Un juez tiene que ser independiente, pero no intocable.   Y su control de legalidad no puede ser ejercido por otros jueces como hasta ahora.
Es como si los políticos corruptos tuvieran que ser juzgados por otros políticos. O los médicos negligentes por otros médicos, etc. ¿Por qué entonces esa excepción con los jueces?

Los jueces (que ejercen una función pública) deben juzgar todo ilícito que provenga de un ámbito privado ciudadano. Pero los ciudadanos también deben poder juzgar los actos ilícitos que provienen del ejercicio de una función pública. De ahí la importancia de la competencia del Tribunal del Jurado en todos estos supuestos.

Lo anterior significa, por ejemplo también, que las comisiones parlamentarias de investigación, integradas por políticos, tienen que desaparecer como tales, pasando a ser competencia del Consejo, el cual debe tener competencia para sancionar directamente cualquier irregularidad, en especial el falso testimonio, agravándose la pena del mismo si el sujeto lo comete en el ejercicio de una función pública.

Significa también, por ejemplo, que el CGPJ debe limitarse al gobierno de los jueces, siendo competencia del Consejo Ciudadano las sanciones administrativas a los mismos.

Lo mismo respecto a la figura del Ministerio Fiscal y su actual relación con el poder ejecutivo, quien debería pasar a depender del Consejo como organismo de defensa del interés ciudadano real (ya que el interés ciudadano o público no tiene por qué coincidir con el del Gobierno, el Ministerio Fiscal no puede depender del Gobierno, y sería también más independiente y al servicio real del ciudadano y la legalidad en lugar de “acompañar” al baño a los otros poderes). E igualmente respecto de cualquier colectivo cuyos integrantes ejerzan funciones públicas, léase médicos, abogados, procuradores, etc. Los colectivos deben ser “oídos” por el Consejo pero en modo alguno pueden vincular sus decisiones.

El acceso de Magistrados al Tribunal Supremo y al Tribunal Constitucional queda reservado igualmente al Consejo por sorteo entre aquellos aspirantes que no hayan sido sancionados en los últimos 5 años, garantizándose así tanto su intachabilidad profesional como su independencia y legitimidad al haber sido nombrados por los ciudadanos en Asamblea, en lugar de por otros jueces y políticos.

Es también indispensable la revisión por el Consejo de todas las denuncias ciudadanas por prevaricaciones judiciales realizadas en España en los últimos 10 años y en su caso su enjuiciamiento rápido por el Tribunal del Jurado, a fin de limitar el ejercicio judicial a quienes prevarican de forma continuada e impune gracias al corporativismo establecido desde hace años, a la par que se facilita el acceso a nuevos jueces bajo esta nueva democracia para desempeñar bien su labor.

Es también indispensable para la seguridad jurídica la eliminación de la posibilidad de que cada juez o magistrado pueda crear una línea jurisprudencial distinta según su propio criterio, de forma que deben establecerse criterios jurisprudenciales mayoritarios que deben ser seguidos como norma general.

La actual norma general es, de hecho, que cada uno juzga a priori y luego acomoda su juicio a su “interpretación” de la Ley, sin que las pruebas tengan en la práctica una relevancia esencial aunque contradigan el pre-juicio realizado. Y ello como mala costumbre extendida sujeta a criterios de productividad funcionarial y desidia más que de justicia y legalidad. Se salvan pocos jueces de esta costumbre y ello es algo que palpa la ciudadanía en sus propias carnes aunque desde el poder judicial se quiera mostrar una proporción inversa.

Perfilados estos dos poderes, el legislativo y el judicial, que pasarían a estar “compensados” bajo el poder ciudadano, el poder ejecutivo no tiene importancia ya, pues ejecutaría diligentemente su función paulatinamente por la cuenta electoral que le trae. Recuérdese que en tanto función pública también queda bajo supervisión ciudadana cualquier denuncia, incluidas también todas las efectuadas a Cuerpos de Seguridad del Estado, civiles o militares. Lo militar dejaría de tener jurisdicción propia, pasando sus jueces a integrar más puestos en más juzgados. Creación de Juzgados de lo Militar con jueces independientes, esto es, un militar juez no puede juzgar a otro militar. Instalación de cámaras de video en todas las comisarías de policía y calabozos para prevención y eliminación de los abusos de autoridad y maltratos actualmente generalizados. Reeducación de los miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, etc, etc, etc.
La única manera de equilibrar los poderes de un estado democrático es dar menos poder a los poderes públicos que a los  poderes ciudadanos. Hasta ahora no existen más que los poderes públicos, los cuales no van a crear evidentemente nada que los limite. Por ello sin un poder ciudadano real nunca podrá existir democracia real. Hay que inventar un cauce, una figura, una institución real, que canalice el poder ciudadano y que sea de imposible destrucción por el Estado por su propia esencia y configuración.

El Estado no considera al ciudadano como un amigo, lo vigila, sanciona y manipula según su propio interés. El propio Estado fomenta la pasividad del individuo, la no participación del mismo (no de forma individual, esa no, individualmente creemos que tenemos un montón de derechos; y votamos y todo, pero basta con intentar reclamarlos para ver la realidad, sobre todo si reclamas contra una institución o un funcionario, no contra un ciudadano, que también).

En los Estados democráticos el Estado (o quienes los controlan actualmente) fomenta la pasividad de los individuos a través del mal llamado Estado del Bienestar. ¿Bienestar? ¿Desde cuándo el Bienestar se antepone a la Justicia?

¿Para cuándo un Estado de Justicia? ¿Estado? ¿Justicia? Vienen siendo términos antónimos y ni siquiera nos habíamos dado cuenta. Decía Montesquieu que la injusticia cometida a uno solo es una amenaza dirigida a todos. ¿Hemos olvidado las veces que hemos sido impasibles ante una injusticia del Estado a nuestro vecino ciudadano?

El Estado siempre intentará proporcionar al individuo todo lo que previamente le ha hecho necesitar, siempre lo mínimo, no más, en función de determinados niveles alcanzados por la población, de manera que, en principio, intentará que el ciudadano esté satisfecho en términos generales. ¿Qué sentido tiene pues hacer una revolución? ¿Para qué, si tenemos los mejores derechos? El Estado nos ha proporcionado hasta los Sindicatos, y ni nos hemos enterado que con el tiempo han pasado también a la coctelera. Por cada ciudadano que quiera cambiar algo, el Estado habrá creado 100 que no quieran cambiar nada porque ya están bien así “y no quieren problemas”. Si el ciudadano no se une, y establece unas bases firmes de control del Estado, el Estado lo hará por él pero a la inversa indefectiblemente. El resultado siempre es el mismo: menos libertad del individuo, más control del ciudadano. De hecho su libertad siempre es inversamente proporcional a la del Estado. O dicho de otra manera, cuanta más libertad tiene un Estado menos tiene el ciudadano. Esto es obvio, pues el Estado no tiene libertad por sí mismo, es el ciudadano el que se la da a cambio de que le gobiernen bien. Y cuantas más libertades le de al Estado, menos libertades le quedarán en su poder. El problema viene cuando el Estado ya no quiere devolverlas. Y empiezan a crecer las prohibiciones. Y el ciudadano ya no está bien. Y el ciudadano se da cuenta que vendió su juvenil fuerza, su unión, y su libertad, a un interés muy alto. Pero, ¿a quién le importa?


Nota: Hay varios, bueno muchísimos, problemas, pero hay algunos como son los llamados “secretos de Estado”, determinadas actuaciones policiales, de servicios secretos, de “inteligencia”, etc., todos en el ámbito del poder ejecutivo, cuya privacidad adecuada y escape al control ciudadano aún no he resuelto de forma algo satisfactoria, ya que determinados supuestos y éxitos de funcionamiento del propio Estado (sí, no todo es malo) parecen incompatibles con un conocimiento generalizado de los mismos por parte de la ciudadanía, pero seguro que alguna solución hay para ello. Todo es ponerse.

-José Antonio Chaves Pérez.-

martes, 16 de octubre de 2012


Y otro día mas, otra semana mas, otro mes mas, otro año mas, haciéndonos creer que podemos salir de la ruina esta GRAN MENTIRA, mientras tanto, que si la prima de riesgo baja que si la bolsa sube, y así se va alargando esta agonía maldita, la situación se agrava de manera criminal, gente suicidándose, gente en los comedores de caritas, etc.etc. pero esto no lo veréis en los MEDIOS DE DEFECACIÓN MASIVA, ELLOS SON CÓMPLICES DE ESTA AMARGURA, DE ESTE EXPOLIO, DE ESTE ROBO A LOS Españoles, así van minando sus mentes, así nos hacen mal pensar, nos hacen malas personas, el que aun trabaja pues a tragar con lo que le echen, y no se si es consciente que esto no da para mas, y que llegara un momento que solo habrá multi-ricos y muertos de hambre, seguirán recortando, manipulando, algunos hasta mal trabajando como esclavos,..me pregunto ¿ cuanto aguantaremos ?...ME PREGUNTO QUE PASARIA SI ALGUNO SE LA VA LA CABEZA, Y SE CARGA A UN POLITICO LOCAL, es decir algún alcalde, concejal, etc, etc, digo esto por que yo ya lo e pensado, seguramente los medios de defecación masiva manipularan al borrego para hacerles creer que eso es terrorismo, ..y digo yo ¿ que es la gente que se esta suicidando por impotencia,? por que ya ni la familia le mira la cara ? por que ya asta la mujer le mira mal ? ...este daño ha hecho el SISTEMA AL PERSONAL.. así es cuando hablo de suicidio lo digo por que ya van algunos desde que todo esto empezó conozco varios casos, desde uno que se tiro al tren, pasando por tiro en cabeza de escopeta, y tirarse de un 4º piso,....¿ me pregunto como estarán esas pobres personas para llegar a ese punto ? es triste ver la hipocresía maldita que la ELITE ha hecho tanto daño al personal, que el egoísmo de cada uno va a mas, todo da igual ¡¡¡ QUE SE SALVE QUIEN PUEDA ¡¡¡¡ mientras tanto el TITANIC VA HUNDIENDOSE, mientras tanto esa casta política cobran a fin de mes mientras tanto mas gente van a COMEDORES DE CARITAS , la ELITE MALDITA SE EMPEÑA EN QUE TODO ESTA BIEN,.. ASÍ NOS ESCLAVIZAN, ¿ HAY DERECHO A ESTO ¿ y aun ves a borregos por ahí que piensan esto se puede arreglar jajajajaja ¿ como funciona el país?, ¿como es posible así su funcionamiento?, pues gracias a la economía sumergida, un 25% y el resto pues a los pensionistas, clase funcionarizado y el trafico de droga….DIOS MIO CADA VEZ QUE VEO A RAJAO POR LOS MEDIOS DE DEFECACIÓN MASSIVA ME DAN GANAS….no sigo o me dirán que soy un MAGNICIDA….es criminal como esta crisis va minando la ética y la moralidad de las personas,, que futuro nos están dejando, intento sobrevivir como parado de larga duración a toda esta GRAN MENTIRA sigo leyendo a mis amigos comentarios buenos y malos para todos los gustos, pero sin olvidar que detrás de cada uno hay personas cada cual ve las cosas de una manera distinta, esta bien ,,,así es la diversidad del pensamiento pero olvidando que solo hay un enemigo la ELITE el establishment, la casta POLÍTICO-FINANCIERA,…así es amigos de todos los colores pensamientos y conceptos e ideologías, no olvidéis eso SOLO HAY UN ENEMIGO lo demás es dividirnos… “DIVIDE Y VENCERÁS” ...y otro dia mas,otro mes, mas y otro año mas, ¡¡ ¿ HASTA CUANDO ?¡¡¡ NO ME REPRESENTAN ¡¡¡ acepto toda clase de criticas a mi comentario
un saludo

domingo, 7 de octubre de 2012


domingo, 7 de octubre de 2012

Entre el 10-15 % de la población española está divorciada

En la actualidad, por cada 2 matrimonios que se celebran se tramitan 2 separaciones
El número de divorcios desciende a niveles de 2002 debido a la crisis

Los costes económicos que implican el mantenimiento de 2 viviendas y la duplicidad de gastos en caso de separación o divorcio han llevado a un descenso de las rupturas matrimoniales en España registradas en 2011 hasta niveles de hace 10 años. Galicia, no obstante, es una excepción.
El nº de rupturas matrimoniales disminuyó un 2,3 % en 2011 con respecto al año anterior, al pasar de 127.682 a 124.702, tras experimentar un repunte en 2010 para volver el año pasado a la tendencia al descenso de divorcios, separaciones y nulidades que comenzó en 2007, según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
La demógrafa investigadora del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), Teresa Castro, explica que los costes de separarse implican 2 viviendas. 
En la actual situación de crisis económica, hay parejas que quieren separarse, pero no pueden permitirse sufragar sus necesidades económicas. Castro destaca el aumento de parejas jóvenes que no se casan, sino que optan por uniones de hecho, que tienen unas tasas de separación más altas que los matrimonios por su carácter heterogéneo.
Hay un dato que revela la importancia de las uniones de hecho: el 20 % de los niños en España nace en este tipo de uniones, lo que supone 1 de cada 5 nacimientos.
(....)

Divorcios y separaciones de mutuo acuerdo

Según el estudio «La justicia dato a dato» de 2011 del CGPJ:
1.- los divorcios descendieron un 1,9 %, de 119.554 a 117.179, mientras que  
2.-las separaciones se redujeron un 7,7 % de 7.962 a 7.347, y 
3.- los matrimonios declarados nulos aumentaron de 166 a 176, un 6 %.
De las 117.179 rupturas matrimoniales definitivas que se contabilizaron en el conjunto de España el año pasado:
a.-  68.851 fueron de mutuo acuerdo y 
b.- las 48.328 restantes fueron no consensuadas. 
También hubo 7.347 separaciones, de las cuales:
c.-  4.872 fueron de mutuo acuerdo y 
d.- las restantes 2.475 sin consenso.
El nº de divorcios se redujo el año pasado en todas las comunidades autónomas con respecto a 2010, excepto en Galicia, Castilla-La Mancha, Cantabria, Navarra y La Rioja, donde aumentó para situarse en 6.927, en 4.359, en 1.385, en 1.287 y en 694, respectivamente, mientras que en Canarias se mantuvo estable en 6.564.
En términos absolutos, Andalucía fue la región donde más parejas se divorciaron, hasta 22.023, seguida de Cataluña, con 20.911, y Madrid, con 15.777. 
Por el contrario, se registró un menor número de divorcios en La Rioja, con 694 casos, Navarra, con 1.287, y Cantabria, con 1.385.
Las separaciones bajaron en todos los territorios, salvo en Galicia, Aragón, Cantabria y La Rioja, donde se incrementaron hasta 412, 176, 82 y 33, respectivamente

viernes, 5 de octubre de 2012

INTERNET/FACEBOOK: DROGA ELECTRÓNICA

ACTUALMENTE se valora la inclusión en el DSM., manual especializado utilizado en EUA para el diagnóstico de las enfermedades mentales, un capítulo titulado TRASTORNOS DE LA ADICCIÓN A INTERNET. Y es que las informaciones tienen la potencialidad de mutar lo que pensamos, y como somos realmente en relación de cómo pensamos, resultando nuestra vida condicionada a ello. Por su puesto el peligro no se encuentra en la Red, que es un instrumento muy útil y necesario, sino en su correcta y ponderada utilización, por el problema radica en el individuo.
La adicción a Internet ( y también, consecuentemente, a los móviles ) tiene la misma ruta que las adicciones a las drogas, juego, sexo, tabaco y alcohol. La ignorancia de sus peligros e inocencia de los efectos inmediatos, potenciada por las motivaciones de subliminar el " alter ego ", orgullo, vanidad, enriquecerse con otras oportunidades sociales y de relaciones varias, perspectivas de recreaciones porno-lúdicas y un conjunto de matices beneficiosos para el yo, especialmente cuando todas estas experiencias son estímulos que activan el sistema de recompensa cerebral del sujeto.que es una organización neuronal que reprsenta las bases neuroquímicas del cerebro con la que estamos diseñados para desarrollar una vida emocional gozosa, lujuriosa y lasciva. Y así, La Red, presentada como algo bueno, sin problemas a corto plazo, anula los argumentos para no consumirla; siendo la dinámica de cualquier conducta alienante y adictiva que prioriza y aumenta el tiempo a dicha actividad, creando un hábito que conforma una acomodación y un fenómeno a la tolerancia. Es entonces cuando la persona se sorprende con " ganas impulsivas " de conectarse para encontrar una gratificación libidinosa y el " enganche " empieza a tomar cuerpo. Estos " movimientos " reforzadores, crean una intencionalidad mental que busca ese estado de conciencia placentera y promiscua que precipita una dependencia conductual y, al fortalecer una " obsesión obsesiva ", mantiene al sujeto en un estado de ansiedad, ebriedad esclavizante que se hace evidente cuando por alguna razón no se puede conectar, y esto desencadena y precipita una  reacción de protesta: nerviosismo, estrés y angustia son síntomas clínicos que definen el síndrome de abstinencia y señalan el diagnóstico de una adicción...
Un tiempo prolongado, periódico y sistemático ante el ordenador, recibiendo datos e informaciones, sumerge al individuo en una realidad virtual que al no coincidir, en la mayoría de las ocasiones, con la realidad objetiva, obliga al cerebro al discernimiento de una peligrosa dualidad, pues tiene que interpretar los datos desde una situación en la que se le hace difícil una valoración correcta, sobre todo si esas informaciones y propuestas se encuentran perversamente contaminadas con medias verdades, mentiras, falsas personalidades o usurpación de algunas de ellas...
La disminución del tiempo de convivencia familiar y social real, le disminuye su capacidad de elaborar pensamientos objetivos en favor de los subjetivos, y desde luego, como la función hace el órgano, zonas cerebrales formadas por las denominadas neuronas espejos o de Gandhi, que son las que generan la EMPATÍA; derriban el muro que nos separa de los demás; facilitan el aprendizaje por imitación, y es piedra angular para relacionarse con los demás, llegando en algunos casos a la infidelidad conyugal virtual....
Es evidente que ante este tsunami informativo/informático, a la persona le es difícil catalogar y definir la información y se crea una idea cerebral con un continente desordenado y caótico, múltiple, diverso y " sin aclaración de términos ", que determina que el cerebro racional, en su misión de discernimiento y toma de decisiones, se encuentre distorsionado y condicionado a interpretaciones confusas: un cerebro desorganizado es origen del deterioro del funcionamiento correcto de las áreas neuronales donde reside la inspiración, la capacidad creativa, el genio, y desde luego, el equilibrio emocional, la memoria, el entendimiento y la voluntad; escenario este semejante al de los adictos a sustancias químicas...
-José Antonio Chaves Pérez.-
   

domingo, 30 de septiembre de 2012


Ante el Incumplimiento del Regimen de Visitas

INSTRUCCIONES ANTE EL INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS

I- INTRODUCCIÓN
El siguiente documento pretende ser una ayuda a los progenitores que tienen problemas con el régimen de visitas establecido judicialmente en los casos de separación conyugal.

Se basa en experiencias propias y pretende dar instrucciones claras de lo que la práctica ha demostrado que funciona en la mayoría de los casos (a pesar de que cada caso es diferente siempre hay unas características comunes a todos ellos).

Se refiere sobre todo a casos de menores de menor 12 años, en los que el problema de incumplimiento de visitas se empieza a producir. Para menores de más edad el Juez podría considerar que hay que respetar la voluntad del menor en el caso de que manifieste que no quiere cumplir las visitas. Para casos más graves (S.A.P, etc.) habría seguramente que complementar las denuncias por incumplimiento con otra serie de acciones como demanda judicial de ejecución de sentencia, revisión por psicólogo para determinación de posible S.A.P., denuncia por maltrato emocional al menor, etc., todo lo cual requerirá de varios profesionales. Nuestro trabajo pretende solucionar un problema cuando empieza a producirse de la manera más efectiva posible.

Sabido es que en materia de Justicia sobre mismo asunto puede (y de hecho así sucede) recaer distinta sentencia dependiendo del juez que lo examine, pero es lo que hay y con ello debemos contar. Por nuestra parte lo que tenemos que hacer es dar los pasos adecuados para tener las máximas expectativas posibles de éxito con el mínimo esfuerzo.

II- NECESIDAD DE DENUNCIAR

Lo primero que hay que tener muy pendiente es que todo incumplimiento del régimen de visitas a nuestros hijos debe de ser denunciado, sin excepciones. Los motivos son los siguientes:

- Normalmente no suele ser un problema puntual, cuando hay incumplimiento y no hay ningún tipo de consecuencia, la tendencia es a volver a repetirlo habitualmente.
- La denuncia de hoy nos evitará las denuncias del mañana y contribuirá a la solución del problema. El mensaje a dirigir es que no hay impunidad, que el incumplimiento no sale gratis, tiene consecuencias inmediatas (de momento una denuncia judicial).
- El tiempo que no pasamos en compañía de nuestros hijos es irrecuperable, por ello cuanto antes le demos solución, y menos tiempo dure la falta de contacto, antes se podrán recomponer los vínculos cuando se reanuden las visitas. El tiempo corre en nuestra contra.
- Las denuncias por incumplimiento del régimen de visitas pueden venirnos muy bien posteriormente en el caso de que nos acusen de maltrato y/o abuso sexual hacia nuestros hijos, o de coacciones o maltrato hacia nuestra ex, ya que pone de manifiesto una situación irregular y una posible animadversión por las denuncias que pueden ser la explicación a su denuncia contra nosotros. Esto ocurre bastante a menudo.
- La denuncia no requiere de abogado ni procurador, es decir no nos cuesta nada de dinero, lo único que requiere es un poco de nuestra atención y tiempo (no así su recurso de apelación que requiere firma de letrado, pero en el caso de ser condenatoria seguramente no se recurrirá puesto que costará más la minuta del abogado que la cuantía de la multa)

III- INCUMPLIMIENTO DE LA VISITA

Las situaciones de hecho en el incumplimiento pueden ser muy variadas, desde no encontrarse en el domicilio el custodio ni el hijo, hasta alegar alguna supuesta enfermedad, o el más típico de alegar que es el menor el que no quiere llevar a cabo las visitas.

En el supuesto primero de no encontrarse nadie en el domicilio a la hora de recogida habrá que documentarlo mediante una solicitud de personación de la Policía Local, Policía Nacional, Autonómica o de la Guardia Civil, etc., para tener constancia escrita del cumplimiento por nuestra parte, habrá que solicitar posteriormente un documento escrito en el que conste lo actuado, para adjuntarlo a la denuncia.

En el supuesto de alegar enfermedad habrá que solicitar al cónyuge custodio algún tipo de certificado o documento de la misma, así como la su gravedad para valorar si impide razonablemente la visita. En el caso de que este tipo de hechos se repitan habría que estar con el pediatra para alertarle de la posibilidad de que esté siendo usado/manipulado para justificar el incumplimiento de visitas, de cara a que sea más riguroso a la hora de constatar la supuesta enfermedad del menor así como sus limitaciones para llevar a cabo las visitas. En este caso si el incumplimiento es puntual y justificado no será necesario recurrir a la denuncia.

El caso más corriente es el que mediante manipulación del menor, mediatización, lavado de cerebro, conflicto de lealtades, chantaje emocional o como se le quiera denominar, el progenitor custodio consigue que sea el propio menor el que manifieste que no quiere llevar a cabo la visita. Aún en estos casos, sobre todo cuanta menor sea la edad de los menores, las visitas deben de celebrarse para dar cumplimiento al Convenio o Sentencia de Separación.

En este caso hay que acudir siempre a intentar la visita. Ser firmes en nuestra intención de llevar a cabo la misma, pero cautos y serenos a la vez, porque nuestra actitud puede hacer que recibamos alguna denuncia del progenitor custodio y que pretenda hacer confundir la situación de conflicto provocada por él con una situación de maltrato, violencia, machismo, etc. Esto último suele ser lo más corriente, por lo que habrá que tener mucho cuidado y extremar al máximo las precauciones (mantener distancia con el otro progenitor, no elevar el tono, no proferir amenazas ni insultos, etc.). Para solucionar este problema pueden darse dos soluciones que pueden ser complementarias

lSuele ser conveniente hacerse acompañar por algún testigo (que no sea pariente), vecino, etc., para que se puedan acreditar posteriormente los hechos, aunque es difícil de conseguir. En el caso de que se prevea mucha hostilidad por parte del custodio puede ser conveniente hacerse acompañar por la policía (mejor de paisano) para que puedan certificar la intención del no custodio de proceder a la visita, los hechos ocurridos, y si se ha producido o no algún tipo de violencia.

lEs muy conveniente, casi obligatorio, llevar algún tipo de grabadora oculta (un grabador de mp3 puede ser lo más indicado) para que no se falseen posteriormente los hechos. No es ilegal, no hace falta avisar de que se esta grabando (lo que constituye ilícito penal es la grabación de conversaciones de otras personas sin permiso judicial no la grabación de conversaciones propias con otras personas cuando se puede estar cometiendo un delito penal. Lo que es así mismo ilegal es la difusión a terceras personas de las grabaciones efectuadas).

Sí la licitud de este comportamiento ofrece dudas os animamos a mirar la siguiente dirección: www.secuestro-emocional.org/main/Licitud-Grabacion.htm
El inconveniente es que se pueden grabar las palabras pero no las acciones.

Se recomienda que para proceder a la recepción se esté un tiempo intentando convencer al hijo de que se proceda a la misma, es decir, que no se abandone a la primera tentativa, pero eso sí, todo ello sin forzar mucho la situación.
Habrá que recordar la obligación legal de proceder a la misma al otro cónyuge y animar al hijo para que esta se lleve a cabo.

Ello normalmente suele ser en vano, pero así se podrá aducir en la denuncia que se intento durante tantos minutos el llevar a cabo la visita, es decir que no se desistió a la primera negativa, que lo que estaba de nuestra parte para cumplir la visita se cumplió con creces y sin ninguna tacha que hacer.
Hay que ser modélico en esto para poderlo aducir en la denuncia más adelante. Cuanto mayor sea nuestra insistencia para proceder a efectuar la visita mayores serán las trabas que pondrá el otro cónyuge para impedir la misma, y esto es lo que esta penado por la Ley. Hay que proceder a exigir los derechos de visita del niño y los nuestros pero sin que ello pueda dar lugar posteriormente a una denuncia falsa en nuestra contra. Desgraciadamente nunca se puede estar del todo seguro de que esto último no vaya a ocurrir.

Es corriente en estos casos es que bien uno u otro de los progenitores acabe llamando a la policía, bien por no llevarse a cabo la visita y dejar constancia de tal hecho por parte del progenitor no custodio, bien como medida de amedrantamiento por parte del progenitor custodio para que el no custodio desista del intento de visita.

Después del intento infructuoso de visita nuestra moral estará por los suelos, parecerá que el progenitor custodio se ha salido con la suya, y sentiremos que hemos llevado a cabo un gran derroche de energías en vano, lo que nos pedirá el cuerpo será olvidarnos del desagradable trance lo más pronto posible. En realidad lo que ha pasado es que el progenitor custodio ha cruzado una línea muy peligrosa para él que nosotros tenemos que desenmascarar. Cada denuncia por incumplimiento es como un hilo de cuerda, que por sí sólo no tiene mucha solidez y se puede romper fácilmente, pero todas juntas forman una cuerda de gran resistencia.

IV- MATERIALIZACIÓN DE LA DENUNCIA

En diferentes ámbitos es fácil escuchar opiniones en el sentido de que si el menor manifiesta que no quiere dar cumplimiento al régimen de visitas éste no debe llevarse a cabo. Es un error. No debemos creernos las mentiras de la otra parte. En principio los Convenios/Sentencias de Separación están para cumplirlos, en ellos se establecen los régimen de visitas y salvo que se justifique que la negativa del menor es razonable y fundada y mientras estén en vigor las medidas anteriores no cabe sino su cumplimiento o atenerse a las sanciones previstas en la Ley.

Las posibilidades de éxito en este supuesto aumentan cuanto menor sea la edad del menor, y cuanto mejor se documente y se haga ver al juez que en el incumplimiento no existe ninguna situación de malos tratos ni de desatención al menor sino que lo que existe es una falta de permiso emocional del progenitor custodio para que el menor acceda a las visitas.

La denuncia se puede presentar en cualquier comisaría de policía, manifestando al agente encargo verbalmente los hechos y él procederá a rellenar el formulario adecuado, nos lo dará a leer, si estamos conformes nos lo dará a firmar, nos dará una copia y a continuación lo remitirá al juzgado.

Nuestro consejo de todas maneras es que sea el propio cónyuge interesado redacte la denuncia y la presente. Ello por varios motivos:

** No entraña especial dificultad.
** Posibilita incluir en el escrito de denuncia tranquilamente todos los detalles y documentación que se considere conveniente, en lugar de la escueta denuncia en que suele consistir el escrito hecho en comisaria. Esto hará que el Juez se tome el asunto más en serio y tenga menos posibilidades de archivo/sobreseimiento de la denuncia.
** No es necesario esperar colas en comisaria ni andar contando tu historia al policía de turno (ahorro de tiempo y energías)

Es importante hacer constar en la denuncia todos los antecedentes de nuestra separación, informes de nuestra idoneidad parental, etc. que reflejen que no somos en ningún caso ningún peligro, sino todo lo contrario para nuestro hijo. Así mismo habrá que hacer en el mismo todas las alegaciones que se consideren convenientes a nuestro favor (en el juicio normalmente no se podrán hacer) y un relato de los hechos acaecidos el día de la visita, procurando dar los máximos datos y detalles posibles para darle los mayores visos de verosimilitud (duración de los mismos, verbalizaciones de las partes, etc.).

No es aconsejable mencionar directamente el Síndrome de Alienación Parental (S.A.P.) en la denuncia porque los jueces normalmente exigirán que ello sea diagnosticado por algún especialista, cosa que en estos primeros incumplimientos será harto difícil. Lo mejor es describir los síntomas del mismo que se den en los incumplimientos o en otros momentos, pero sin mencionarlo directamente, si no se puede diagnosticar por especialista competente.

También es muy conveniente presentar algún párrafo de artículo periodístico o de libro sobre manipulación del menor mediante incumplimientos del régimen de visitas en padres separados en los que nos hallamos visto identificados y en los que se mencionen las tácticas y estrategias que los progenitores incumplidores emplean, para que ilustren en cierta forma al Juez y al fiscal sobre lo que suele ser triste realidad en estos asuntos (por si no tienen ya conocimiento de ello). No importa que se hable también de S.A.P. en estos artículos, pero no con exclusividad.

Una vez confeccionada la denuncia habrá que proceder a su presentación. Se puede hacer bien entregándola en el Registro del Juzgado del partido judicial donde han ocurrido los hechos o bien remitirla por correo certificado al mismo juzgado. En ambos casos es necesario presentar dos ejemplares (original y fotocopia), ambos serán sellados por el funcionario correspondiente, uno nos será devuelto para que conste en nuestro poder y el otro será tramitado por el funcionario del Juzgado o metido en sobre y remitido al Juzgado por el funcionario de Correos. Este último caso es el más recomendado por su comodidad, bajo costo y más amplio horario.

V- JUICIO DE FALTAS

El Juez encargado examinará la denuncia y si estima que los hechos constituyen un delito de falta convocará a las partes a la vista del Juicio, en caso contrario ordenará el archivo/sobreseimiento, normalmente sin notificarlo siquiera a la parte denunciante. De ahí la importancia de que la denuncia sea lo más completa y detallada posible

Una vez notificado el día y hora de la vista, es conveniente que unos días antes de la misma preguntemos en el juzgado que lleve el asunto si la parte denunciada ha presentado algún escrito de alegaciones, para hacernos una idea de cual será su argumento de absolución. Aunque se puede presentar cualquier nuevo escrito o prueba el día de la vista oral lo mejor es hacerlo antes para que el asunto pueda ser estudiado por fiscal y Juez.

Conviene que el mismo día del juicio le demos un repaso a nuestras alegaciones y a nuestras argumentaciones para refrescarnos los hechos y mentalizarnos de nuestra razón, lo cual nos dará una mayor seguridad, fuerza, celeridad y credibilidad en nuestras afirmaciones.

Nosotros hemos acudido a la recepción del menor, pero la visita no se ha producido por la no entrega del progenitor custodio, por lo que él es el único causante del incumplimiento de la visita. Debemos demostrar que el causante de que no se produzca la visita es el cónyuge custodio por su actitud dolosa e intencionadamente obstruccionista, dirigida a impedir el correcto desarrollo de las relaciones paternofiliales.

Ya que como establece el Juzgado de Familia de Madrid nº 24, en Auto de 28 de diciembre de 2.005: " la obligación del progenitor custodio de hacer entrega de los hijos menores al progenitor apartado de los hijos, para que permanezcan con éste los periodos establecidos en el régimen de visitas, comunicaciones y estancias fijado en el convenio o en una resolución judicial, es una obligación de carácter personalísimo e implica un deber de leal colaboración por parte del progenitor custodio, sin el cual resultaría difícil, por no decir imposible que la obligación se cumpliera ".

El bien jurídico conculcado es el derecho del progenitor no custodio a tener a su hijo menor en su compañía y a visitarlo, que al mismo tiempo se solapa o está confundido con el derecho del menor a estar en su compañía. El artículo 618.2 del Código Penal castiga una actitud dolosa e intencionadamente obstruccionista por parte del progenitor custodio dirigida a impedir el correcto desarrollo de las relaciones paternofiliales.

Ya en el momento de la celebración del juicio oral, el Juez una vez comprobado que se hallan presentes las dos partes, cederá la palabra al Ministerio Fiscal para que interrogue al denunciante, posteriormente le interrogará él si lo considera oportuno. Posteriormente se interrogará a la parte denunciada, en el mismo orden, es decir primero por el fiscal y luego por su señoría. Al no contar con asistencia letrada (abogado) no podemos tomar la palabra más que para contestar a las preguntas de fiscal y Juez, es ahí donde deberemos recordar nuestros argumentos expuestos en las alegaciones expresadas en el escrito de denuncia presentado.

Quizá convenga recordar lo establecido por Sentencia del Tribunal Supremo:
“…/…es el juzgador de instancia quien se halla en condiciones óptimas para decidir sobre la credibilidad que ha de darse a lo oído y visto en el juicio oral, pues cuando el medio de prueba es una persona, la convicción judicial se forma también por los gestos, expresión facial , tono de voz, firmeza, duda en las manifestaciones, inseguridad o incoherencia en las mismas, a tenor de lo dispuesto en el art. 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y cuando en el acto del juicio oral se producen varias declaraciones, la determinación de cual es la verdadera depende claramente de la inmediación con la que esta prueba es recibida por el juzgador que la preside".

Dicho de en otras palabras el fiscal y el Juez valorarán tanto la credibilidad que pueden ofrecer dichas declaraciones de denunciante y denunciado, como los datos objetivos que corroboren o acrediten, de manera aún indiciaria, la veracidad de una y otra versión.

De todas formas, la experiencia sí lo acredita, nuestra principal baza será la declaración de la parte denunciada, la cual normalmente suele caer en absurdas justificaciones de sus hechos, dejando en evidencia su verdadera y última intención de no propiciar en absoluto las visitas del otro cónyuge, incumpliendo con ello sus obligaciones como cónyuge custodio.

Es su falta de verosimilitud para explicar por qué el hijo no quiera cumplir las visitas, salvo causa debidamente justificada que permita entender su negativa o la imposibilidad de hacerlo, así como su poca creíble incapacidad para hacérselas cumplir (lo cual por otro lado le cuestiona como progenitor custodio, si no puede hacer cumplir las obligaciones/derechos del menor).
Ello hace que la versión del no custodio sea mucho más creíble que la del custodio.

En la misma vista oral el Ministerio Fiscal pedirá, si lo considera conveniente, la solicitud de pena que considere oportuna.

El Juez dejará el asunto visto para sentencia, la cual será comunicada próximamente.

Para recurrir la sentencia hará falta firma de abogado, por lo que normalmente ninguna de las dos partes recurrirá.

VI- CONCLUSIONES

Esto es lo que la experiencia ha demostrado que da resultado en la mayoría de los casos, y que con un bajo coste, se consigue una condena penal del cónyuge custodio, con lo que ello conlleva.

La condena penal resulta importante de cara a intentar detener los incumplimientos de visitas. Efectivamente, el cónyuge custodio se percata de que no goza de impunidad para hacer con su hijo lo que quiera y puede que reconsidere su postura de interferir las visitas ya que en un futuro las sentencias condenatorias serán más fáciles de conseguir, dados los antecedentes, con un mínimo coste para el denunciante, ya que la denuncia ya esta básicamente redactada, y alto para el denunciado.

La condena es así mismo muy útil para documentar, en un futuro, la actitud perversa de quien no facilita, como es su deber, las relaciones de sus hijos con el otro progenitor. Tanto en el caso de que existan denuncias de malos tratos, abusos sexuales, como en el de que los incumplimientos no cesen y haya que acudir a una demanda de ejecución de sentencia con posibilidad de solicitud de cambio de custodia, resulta muy conveniente haber denunciado, y sobre todo conseguido, una condena del cónyuge custodio.

Espero que lo anteriormente expuesto sea útil para los progenitores que se encuentran en estas desdichadas situaciones y constituya un recurso eficiente para paliar, en la medida de lo posible, su situación.