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lunes, 2 de febrero de 2009

Al contrario de lo que ahora se dice, no creo que a los objetores contra la EpC les preocupara exclusivamente el contenido "doctrinario" en la asignatura. Más bien, lo que cuestionaban y lo que ha resuelto el TS es la potestad de los dirigentes de incluir en los planes educativos básicos una materia común dedicada a divulgar valores cívicos determinados. Y eso, como ha dictado el Tribunal, es cuestionable. Si la asignatura contiene dogmas ideológicos espurios denúnciese caso a caso. A mi me molesta que mi hija sea instruída tanto con credos políticos sectarios que con confesiones religiosas.
Comprendo no obstante, la preocupación sincera de muchos padres, pero en la oposición a la EpC hay un trasfondo político muy importante y evidente: poner en entredicho el intento de la Administración de formar a niños y jóvenes dentro del marco de los valores comunes laicos. La sentencia del Supremo es muy "clarita" y no deja margen para la especulación, pues además de verificar la competencia del Ejecutivo desmonta uno de los postulados de un movimiento subterráneo político de oposición, que moralmente experimenta una inquietante proyección.   

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