CORRUPCIÓN
POLÍTICA
I.
Concepto
En
un sentido clásico del pensamiento político, la corrupción era el abuso
autoritario del poder,
hasta llegar incluso a su ejercicio tiránico. Tal concepción se expresa en
la tan citada frase de Lord Acton según la cual el poder
corrompe y el poder
absoluto corrompe absolutamente. En la actualidad tal sentido sigue, como se
verá, estando confusamente presente en el discurso político aunque predomina
como referente uno de los tipos de abuso del poder,
aquel que consiste en el enriquecimiento ilegal o ilegítimo de los políticos
o, en general, de las autoridades (corrupción personal) o el favorecimiento
ilegal o ilegítimo a las causas u organizaciones a las que están integrados
aunque no se beneficien personalmente (corrupción oficial), gracias a los
cargos que desempeñan o sus conexiones con quienes los tienen. Están en
juego, así, conceptos de manejo deshonesto de recursos públicos o recursos
en torno a una gestión pública; deshonesto en particular en un sentido
individual, porque generalmente el público es escéptico de que los manejos
calificados de corruptos no conduzcan en algunos casos a una apropiación
indebida de esos recursos1;
en torno a una gestión pública quiere decir que abarca conductas no sólo de
funcionarios públicos sino también aquellas dirigidas hacia actividades del
estado. Este punto de vista, exigiría descartar del concepto la corrupción
que se desenvuelve sólo en el ámbito de empresas o actores privados en
general, sin embargo el uso común del término corrupción suele confundir
ambos niveles.
Las
tipologías jurídicas, por su parte, abundan en distinciones que intentan
captar las abigarradas y proteicas formas que asume el fenómeno, mediante una
no menos variada nomenclatura, por ejemplo, soborno, peculado, extorsión,
concusión, tráfico de influencias, valimiento, peculado, abuso de información
privilegiada, etc., etc. En el campo jurídico es necesario constatar, además,
la tendencia tan importante del actual derecho comparado consistente en la
producción de leyes nacionales anticorrupción de diferente tipo. Esta
multiplicación y auge de leyes contra la corrupción es de una convergencia
tan generalizada en la actualidad como para hacer que la corrupción no sólo
sea política
en cuanto que en ella estén envueltos políticos sino también en cuanto que
los políticos ya no pueden prescindir de producir políticas y normas contra
ella y que estas políticas y normas crean fuertes restricciones al actuar político.
Pero
la condición de honestidad o deshonestidad, como la de lo justo o injusto, no
se agotan en los textos legales por más que estos traten de abarcarla. Por
consiguiente el concepto de corrupción siempre tendrá un mayor alcance que
las definiciones jurídicas. Por otra parte, es importante insistir en la
esencial interfaz entre agentes privados con una agencia o agentes públicos.
Así tanto la literatura analítica sobre la corrupción como la más popular,
que se mueve entre los reportajes de prensa y las admoniciones éticas,
siempre destacan la participación de actores privados que comparten con los públicos
tanta o mayor responsabilidad en el acto de corrupción.
II.
Corrupción y política
La
relación entre corrupción y política
es mucho más profunda de lo que quisiéramos y los políticos estarían
dispuestos a admitir. En primer lugar, no hay que perder de vista que la
corrupción no sólo es una acción más o menos consagrada como delictiva
sino también un importante medio de influencia política
con manifiestas ventajas respecto de la pura persuasión, por un lado, y la
coerción, por el otro (Njaim 1995). En el fondo, los actores políticos sobre
todo en los casos de corrupción oficial y no personal (ver supra) casi nunca
están dispuestos a renunciar completamente a esta forma de influencia. Si
esto rige para la política
interna es de figurarse con cuanta mayor razón se aplica al ámbito
internacional y a situaciones en las cuales no son simples operaciones
comerciales las que están en juego sino también luchas de poder,
donde cada estado, en el mundo de la competitividad
y el globalismo, tiende a identificar su interés con el de sus empresas, máxime
si se trata de negociaciones sobre armamentos y otros ramos similares donde
entran en juego enormes sumas de dinero. Por consiguiente, una sana cautela
metodológica nos obliga a tomar las debidas precauciones para movernos en
medio de una atmósfera que contiene densos elementos tanto de cinismo como de
hipocresía y a valorar en su justa dimensión decisiones que, frecuentemente,
son arrancadas a sus autores por la fuerza de los acontecimientos, a pesar de
que a menudo se trata más de acciones para la galería que para el círculo
reducido de quienes se supone tienen la principal responsabilidad de
aplicarlas, pero ¿qué dirigente político se arriesga a que se repute que
está en contra de acuerdos y políticas anti-corrupción?
Pese
a ello es imposible desconocer la dimensión ética del asunto porque en la política
también operan argumentaciones y se emprenden acciones que no pueden ser
comprendidas si no se tienen en cuenta valores que los actores postulan como
absolutos e incondicionados por contraposición a argumentaciones y
actuaciones fundamentadas en filosofías puramente utilitarias. En la
actualidad en el campo de los derechos humanos y cada vez más en materia ecológica
y de conservación del medio ambiente, se manejan posiciones éticas que van más
allá de cálculos de costos y beneficios. Por lo tanto, pese a toda la
dificultad que para regular la corrupción deriva de su conexión con la política,
se trata también de un asunto donde tiene mucha fuerza y hasta predomina la
posición de que debe ser perseguida y reprimida independientemente de los
costos que ello acarree. Este predominio comporta que el cinismo político
tiene que replegarse vergonzosamente y no esgrimir sus argumentaciones o
tropezar con mayor resistencia que en otras épocas, lo que ha dado pie para
hablar de que los escándalos no revelan una crisis moral sino más bien la
elevación de los patrones de moralidad (Pérez Perdomo y Capriles 1991), pero
no significa que en contra de la corrupción no se alegue que es dañina ya
sea para el comercio internacional o para el desarrollo de los países, pero
estos argumentos sólo refuerzan un rechazo principista que les da mayor vigor
del que tendrían por sí solos.
III.
Dimensiones de la evolución del concepto de corrupción
política
A.
América Latina
En
América Latina constatamos que se pasa del uso del término corrupción
administrativa o peculado (Sánchez
Viamonte 1960) desde la década de los cuarenta hasta mediados de los setenta
del siglo XX, al empleo predominante del vocablo corrupción
política o, simplemente, corrupción. Los movimientos
democratizadores en esta época reivindicaban frente a las dictaduras la causa
de la honestidad en el manejo de los recursos públicos. Las fuerzas políticas
modernizadoras, precisamente en tanto que lo eran, reaccionaban contra el carácter
patrimonialista o semipatrimonialista de tales dictaduras, propugnando la
estricta separación entre lo privado y lo público. En esta lucha ocupaba un
papel fundamental la erradicación de la corrupción
electoral mediante la implantación del sufragio
universal y la creación de organismos
electorales independientes. Esta causa, que obtuvo resultados más
o menos exitosos en los diferentes países, estaba animada, sin embargo, de
una cierta ingenuidad en cuanto que tácita o expresamente partía del
supuesto de que con la implantación de la democracia
el problema de la corrupción desaparecía o se transformaba en secundario. La
corrupción afectaría eventualmente a los funcionarios mas no a los
dirigentes políticos, templados en la batalla por llevar a las masas al
protagonismo político que hasta entonces les había sido negado, dirigentes
que actuarían como garantes y vigilantes de que no se volviera a la corrupción.
B.
La bibliografía académica
Posteriormente
esta concepción se tambalea, y el desencanto interno converge con la
importancia cada vez mayor que adquiere el concepto de corrupción en sentido
restringido para explicar los fracasos de la política
de ayuda al desarrollo externo realizada por los países económicamente
avanzados. La obra de Myrdal sobre Asia (1968) acuña el concepto del estado
blando y ocupa un lugar pionero en
destacar en tal sentido la variable corrupción y en criticar a la literatura
de las ciencias sociales por no haberlo tenido en cuenta. Una consecuencia es
que se ponen en boga planteamientos teóricos que ponen el énfasis en el clientelismo,
el populismo y hasta la cleptocracia reinantes en los países atrasados y su
influencia deletérea. Acontecimientos posteriores, examinados más adelante,
confirman y al mismo tiempo refutan la hipótesis. De esta manera tanto
experiencias locales como internacionales van conduciendo a un concepto de
corrupción que no se limita a la burocracia y a las sociedades en desarrollo
sino que es utilizado con un alcance universal y como un fenómeno básico
para entender el desempeño y la consistencia de los sistemas
políticos. Por lo tanto, a diferencia de lo que constataba Myrdal
en 1968, la bibliografía sobre la corrupción se ha hecho profusa y está a
punto de ser inabarcable2.
El curso que ha seguido el análisis se ramifica en diferentes corrientes y
formas de abordar el asunto pero de todos estos enfoques aparece claro que la
corrupción no es específica de la dictadura o la democracia,
del subdesarrollo o del desarrollo, del capitalismo o del socialismo, de la
pobreza o de la riqueza sino que hay que investigar las modalidades cómo se
presenta en cada una de estas situaciones. El abandono de cada una de las
anteriores dicotomías y las correspondientes ilusiones se paga al costo de un
cierto distanciamiento entre el tratamiento académico del asunto y los
estereotipos de opinión
pública, mayor quizá que en otros campos de las ciencias
sociales.
Dentro
del campo científico social cabe distinguir los trabajos de carácter
predominantemente teórico entre los que destaca el estudio de los escándalos
de corrupción y el papel que desempeñan en los sistemas
políticos (Pérez Perdomo y Capriles 1991) y que corren el riesgo
de concentrarse en las repercusiones de la corrupción más que en ella misma;
los que se concentran en los remedios a la corrupción (Klitgaard 1994) muy
condicionados por las necesidades de asesoría sobre todo para países en
desarrollo u organismos multilaterales; la influencia metodológica
generalizada de la aplicación de enfoques económicos (Rose Ackerman 1978)
que conciben a los políticos como buscadores y capturadores de rentas, es
decir que éstos aprovechan para beneficio propio las escaseces que se generan
en el llamado mercado político. No está claro, sin embargo, si esta es una
condición ineludible pues, si bien se estudia cómo los políticos buscan
maximizar sus votos
y su reelección
incluso a fuerza de corrupción, se reclama, sin embargo, que tomen decisiones
en contra de sus intereses como por ejemplo, normas constitucionales para
impedir presupuestos deficitarios o la reducción del estado en pro de un
mayor desarrollo del mercado. Otro punto de vista muy fértil aportado por
esta corriente es considerar la corrupción como un caso especial del problema
agente-principal consistente en que toda autoridad, asamblea de accionistas,
directiva, pueblo soberano, etc., se ve confrontado con la dificultad de
lograr que el agente, ejecutivo, empleado, representante, actúe teniendo como
mira los objetivos e intereses de dicho principal y no los propios del agente.
C.
Dimensión internacional y transnacional del fenómeno
Al
mismo tiempo la corrupción se convierte en un personaje principal en el
tablado de la política
internacional hasta el punto que una descripción de este aspecto tiene
importancia fundamental para comprender su repercusión en las políticas
nacionales y su estrecha relación con temas fundamentales, objeto de este
Diccionario, como el del financiamiento político.
Para ello es necesario remontarse a acontecimientos de la década de 1970
desencadenados por eventos de la política
interna estadounidense que condujeron a una cadena de escandalosas
revelaciones sobre la utilización del soborno por grandes y pequeñas compañías
estadounidenses para obtener contratos en el exterior. Las investigaciones de
una subcomisión senatorial sobre compañías multinacionales presidida por el
senador demócrata Frank Church y las actuaciones de agencias del gobierno,
especialmente la Securities and Exchange Commission y el Internal Revenue
Service, encargados respectivamente de la supervisión de las operaciones de
bolsa y de la administración impositiva, conducen a lo que una revista
califica muy expresivamente como “el apresuramiento corporativo a confesarlo
todo” (The corporate rush to confess
all. Business Week. 23/2/76). Las revelaciones de mayor impacto son las
que se refieren a las actuaciones del gigante de la aviación Lockheed a la
casa real holandesa, al aparecer implicado el príncipe consorte, y a un sistema
político, el japonés que desde entonces aparece como uno de los más
corruptos entre los de países desarrollados. Pero el asunto no se detuvo en
estos dos países sino que afectó a muchos otros como Corea, Italia,
Honduras, y también otras compañías además de la Lockheed.3
A
consecuencia de estos eventos se produce una discusión en el país norteño
acerca de si tales revelaciones y más aun, el sancionar el soborno
transnacional, era conveniente al interés nacional, si las agencias aludidas
habían excedido sus atribuciones y sobre las dificultades jurídicas de
regular la materia. Esta discusión no interesa tanto aquí como que tan
complejo conjunto de sucesos tuvo su modesto origen en y fue una de las muchas
secuelas del famoso caso Watergate, que condujo a la renuncia del Presidente
Nixon en 1974. Es decir, en un caso que se desencadenó por un problema de
financiamiento político, pues la irrupción clandestina en las oficinas del
partido demócrata, fue financiada por el comando de la campaña republicana
pero, además, reveló toda una serie actuaciones del gobierno de Nixon para
poner a su servicio político a la SEC y
al IRS. La primera para que
mantuviera una actitud complaciente frente a los desembolsos de compañías
norteamericanas para las campañas
electorales nixonianas, especialmente la reelección
de 1972, y la segunda porque cedió a presiones políticas para emplear
informaciones impositivas como medio de presión y represalia políticas
contra los adversarios del gobierno, hasta llegar, incluso, a constituir una
sección especial para tal fin. El celo investigativo desatado para compensar
las dudosas actuaciones anteriores, adquirió su propio momento y condujo a
determinar la interconexión entre asuntos al parecer dispares, pues los
fondos destinados para el financiamiento de operaciones electorales legales o
ilegales internas se encontraban depositados en cuentas “off shore” que
también se utilizaban para los sobornos de las multinacionales en el
exterior.
Particular
importancia tiene en el desarrollo explosivo de los análisis sobre corrupción
política la promulgación en 1977 de la Federal
Corrupt Practices Act, que convertía en delito el pago de sobornos de
cualquier tipo a funcionarios extranjeros con castigos de hasta cinco años de
privación de libertad y multas individuales de hasta diez mil dólares y
corporativas de hasta un millón. Difícilmente, en efecto, se puede imaginar
un incentivo mayor para los estudios sobre corrupción que las sucesivas
revelaciones y escándalos, que no podían ser de poca monta porque envolvían
la potencia de mayor importancia en el comercio internacional. De esta manera
el tema se convirtió en un objeto inexcusable de estudio, pero, a su vez, se
revelaba también que en otras legislaciones de países de mayor desarrollo no
sólo no se prohibía sino que se incentivaba fiscalmente la obtención de
contratos de exportación mediante sobornos a los políticos y funcionarios
extranjeros.4 De
esta manera la atención académica creaba un clima de opinión adverso a la
tolerancia y la importancia de las acciones políticas emprendidas mostraba la
relevancia del nuevo objeto de estudio.
En
1992 ocurre, otro sensacional hecho referido esta vez a un país europeo. Es
la famosa tangentopoli italiana
iniciada por los fiscales de Milán al realizar una serie de investigaciones y
arrestos domiciliarios contra dirigentes políticos y empresariales que, a la
larga, conducen a la caída del establecimiento dominante en ese país desde
finales de la segunda guerra mundial.
El
caso italiano fue el más agudo y prototípico pero no un fenómeno aislado
pues los escándalos se extendieron a otros países europeo-continentales,
especialmente Francia y España. Al principio las repercusiones aunque
impresionantes fueron principalmente de política
interna. Sin embargo, las diversas tangentopolis
demuestran tener ramificaciones internacionales especialmente en cuanto al
comportamiento en el exterior de las empresas europeas pues conducen a
revelaciones muy parecidas a las que afectaron a las compañías
norteamericanas en los años 70. A consecuencia de ello, en el seno de la OCDE
y dentro de la Unión Europea surgen grupos de trabajo sobre soborno y lavado
de dinero o sobre corrupción internacional. Pero, al mismo tiempo, se
producen acontecimientos que guardan un sorprendente paralelismo con los
europeos en latitudes tan distantes como Corea del Sur y México y se genera
un ambiente internacional sin el cual quizás no hubiera sido tan expedita ni
tan sensacional la aprehensión de famosos fugitivos implicados en corrupción
como el cerebro financiero de la campaña
electoral de Fernando Collor de Mello, Paulo Cesar Farías y el
ex-jefe de la Guardia Civil Española, Luis Roldán.
IV.
La interrelación entre las diferentes dimensiones y el papel de los
factores externos e internos en las concepciones dominantes sobre la corrupción
En
lo interno de los estados la variable compleja que parece crucial para
entender el auge de la corrupción como issue
central de opinión
pública es la generalización de la democracia
como régimen
político y del mercado como principio fundamental de organización
económica. Perdida la conexión revolucionaria, ya desde antes de la caída
del muro de Berlín, que el llamado socialismo científico pretendía
establecer entre economía y política,
la oposición interna de izquierda desprovista de grandes consignas ha tenido
que buscar otros cauces. Uno de ellos es la lucha contra la corrupción que ha
venido a sustituir la lucha por la revolución (Njaim 1995) y curiosamente
converge con las corrientes de derecha tradicionalmente enemigas de la democracia,
nacionalistas, militaristas, etc. Una consecuencia teórica de esta situación
es que la discusión vuelve al terreno de los clásicos del pensamiento político.
Para estos, en efecto, la cuestión fundamental no era la economía; ésta debía
ser disciplinada en cuanto a los excesos en que podían incurrir los
particulares, pero no se cuestionaba que, en lo fundamental, bastaba dejarla
correr por los rieles muy firmes que le trazaba el interés egoísta. La
cuestión crucial era más bien de tipo político-ético y estaba constituida
por la pregunta de si el régimen realizaba los fines de bien general que
proclamaba o si, por el contrario, había degenerado en despotismo. La situación
es muy semejante en la actualidad porque aunque usamos el término corrupción
en un sentido más delimitado, que era secundario o no problemático para los
clásicos, en el fondo el robo de fondos públicos o, en general, los fenómenos
de privatización de lo público, los tomamos como manifestación de una
decadencia más profunda. Por ello no hay en este momento un factor de
desestabilización y deslegitimación de los sistemas
políticos más virulento que la corrupción.
A
su vez nos encontramos en una época que ha sido llamada de globalización o
de mundialización. La significación de este omnialegado concepto parece
inagotable. Es evidente, sin embargo, que alude a una realidad primariamente
económica que ha rebasado los acotados linderos de los diferentes estados y
en la que los intereses privados han adquirido un ámbito mayor que esos
estados. Enfrentados esos intereses directamente en un escenario mundial,
requieren de reglas claras de juego para poder
desenvolverse sin incurrir en la anarquía de la guerra de todos contra todos,
ni los inconvenientes de legislaciones heterogéneas y contradictorias pero,
además, realizan presiones para lograrlas. Algunas se dirigen a los estados.
Deben estos eliminar, entre otras cosas, la corrupción que genera costos
ocultos a las transacciones pero que, sobre todo, contribuye a que no haya un
terreno firme en el que asentar sus operaciones. De esta manera la crítica exógena
de derecha se combina y refuerza con la crítica endógena, tanto de izquierda
como de derecha, para traer el asunto de la corrupción al primer plano de
atención nacional e internacional. Pero estas presiones sobre los diferentes
países requieren demasiada variedad de esfuerzos inciertos e incluso deben
enfrentar las dificultades creadas por la heterogeneidad de culturas y
tradiciones sobre lo público. Por eso es más efectiva la actuación de tal
influencia a través de los grandes espacios de integración que se están
formando. Una condición para incorporarse a ellos es poner la casa en orden.
Esta es una situación que ha vivido México respecto del Tratado de Libre
Comercio de las Américas, Turquía respecto de la Unión Europea, Corea del
Sur respecto de la OCDE. Pero la cuestión no sólo afecta a países de menor
desarrollo relativo: las acciones anti-corrupción y la sensibilidad al
asunto, ya anotadas, en países como Italia, Alemania y Japón, muestran la
importancia de los factores externos y su reforzamiento por los internos o
viceversa.
Todo
este conjunto de circunstancias alienta, a su vez, a actores de la política
interna que ya no encuentran suficiente su labor nacional sino que consideran
necesario complementarla mediante esfuerzos conjuntos con fuerzas afines en
otros países. Surgen así, o se insinúan, nuevas “internacionales”. Una
de las más notables en el campo que nos ocupa es la de los jueces que se ha
manifestado con particular fuerza en el ámbito de la Unión Europea. Ibañez
(1996) expresa esta inquietud por parte de magistrados italianos y españoles
reunidos en un seminario celebrado en 1995, así como una reunión de siete
prominentes jueces europeos celebrada en Ginebra en 1996. Este activismo
judicial por encima de fronteras es, quizá, una derivación especial de la
fuerza de expansión de las cuestiones de ética y derechos humanos que han
llevado a la constitución de tribunales supranacionales contra crímenes de
guerra en la antigua Yugoslavia y a la intensa actividad de tribunales
franceses y españoles para reclamar los abusos cometidos contra nacionales
suyos por las dictaduras de los años 70 en países del Cono Sur y, últimamente,
al tratado sobre un Tribunal Penal Internacional y a la prisión de Augusto
Pinochet en Londres. De la misma manera en tribunales españoles se
desarrollaban causas contra políticos italianos o investigaciones en los
tribunales italianos sobre negocios turbios, revelados por la tangentopoli,
de compañías italianas en Argentina. En otras épocas tal activismo aun
cuando teóricamente posible, no se habría manifestado tan abundantemente5.
La
descripción de la forma como está compuesta la coalición transnacional debe
ser completada con su componente privado dentro del cual destaca el grupo
llamado Transparencia Internacional (TI). Esta organización se ha mostrado
particularmente activa y ha logrado mantener la atención de la opinión
pública internacional sobre el problema de la corrupción
principalmente a través de dos instrumentos a los que debemos hacer
referencia como son un Índice mundial de Percepción de la Corrupción (IPC)
y una Conferencia Mundial, periódica, anti-corrupción, uno de cuyos
principales patrocinantes es TI. El IPC resulta del análisis anual de una
serie de encuestas, por ejemplo en el confeccionado en 1997 fueron diez las
utilizadas, fundamentalmente dirigidas a ejecutivos y entidades oficiales o
privadas relacionadas de diversas formas con el comercio internacional. El
instrumento conduce a una clasificación de países según su mayor o menor
grado de corrupción y cada vez que aparece causa una pequeña conmoción en
aquellos que figuran como más corruptos. La Conferencia Mundial, por otra
parte hasta 1999 había celebrado 8 sesiones.6
Además ya existen empresas internacionales que han encontrado en
la lucha contra la corrupción su nicho propio en el mercado, especializadas,
entre otros aspectos, en la asesoría a los gobiernos de grandes empresas
locales para que no sean víctimas de la corrupción en las negociaciones para
grandes adquisiciones de equipos, por ejemplo militares, factorías, etc., y
contratación de servicios. En materia electoral, a medida que se generalice
la aplicación de tecnologías de automatización, probablemente será
necesaria también tal asesoría pues el asunto ha revelado, en diversos países,
tener implicaciones de corrupción y enorme trascendencia política (ver artículo
sobre financiamiento de la política).
Este conjunto de eventos nos revela que se ha configurado un importante grupo
de presión internacional en torno al asunto de la corrupción al cual los
estados, organizaciones internacionales y aun las empresas, no pueden eludir
prestarle atención. El fuerte influjo académico en entidades como TI que
trabaja con la Universidad de Göttingen7,
la Conferencia Mundial Anti-corrupción, el citado Informe 1997 del Banco
Mundial8, nos
permiten hablar de tal grupo no meramente como de un grupo de presión sino de
una comunidad epistémica en el sentido en que lo hace la teoría de las
relaciones internacionales.
Hay
que agregar además las nuevas condicionalidades para prevenir la corrupción
que ahora establecen el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y
otros organismos multilaterales y que prometen profundizarse. Todo esto somete
a los estados y a sus dirigentes al riesgo de un cierto desprestigio de no
acompasarse al ritmo internacional anti-corrupción como ocurre en aquellos países
donde se montan paraísos fiscales, los que conservan exoneraciones o
disposiciones acomodaticias respecto de los sobornos en el extranjero o los
que se empeñan en conservar un irrestricto secreto bancario. Por de pronto
toda la regulación europea que presenta esas características se encuentra en
un intenso proceso de revisión.
V.
Recapitulación
El
nivel de generalización en el que debe desarrollarse un artículo enciclopédico
deja abiertas múltiples interrogantes respecto de los fenómenos más
concretos pero al menos permite una primera aproximación a cuáles deberían
ser esas interrogantes. En el caso de la corrupción
política se suscita la necesidad de aclarar cómo se conforma en
cada país el discurso anticorrupción, tanto el político, como el jurídico
y, en general, académico, y el concepto nacional de corrupción que se deriva
de tal discurso y sus relaciones con el internacional. Es decir la combinación
peculiar en cada sistema
político entre ambos factores y los efectos que tiene sobre
aspectos cruciales como (a) la legitimidad
o la deslegitimización y final ilegitimidad de dicho sistema que puede
provocar desde la subversión hasta la revolución pasando quizá por el
cambio constitucional; (b) las políticas públicas contra la corrupción y su
eficacia o ineficacia, para la temática de este diccionario interesan las
repercusiones sobre el financiamiento político, la organización electoral e,
incluso el sistema
electoral; c) finalmente, last
but not least, estudios empíricos duros para determinar el verdadero
nivel de corrupción, no sólo por el interés de obtener información cierta
sino para determinar si los procesos de deslegitimación resultan justificados
también desde el punto de vista científico; estos estudios deberían
encontrar una forma propia que no incurriera ni en la aridez de ideas de la
investigación judicial ni en la irrelevancia teórica de la crónica periodística.
En este sentido hay una tarea metodológica por delante que apenas ha sido
emprendida.
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LORD VOLDEMORT
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